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Los 10 plazos en materia laboral que todo trabajador tiene que conocer


  1. Plazo para abonar la nómina
  2. Plazo para reclamar cantidades debidas al trabajador (incluida la nómina)
  3. Plazo para impugnar un despido
  4. Plazo para abonar el finiquito
  5. Plazo para sancionar a un trabajador
  6. Plazo para impugnar una sanción
  7. Plazo para reclamar el disfrute de las vacaciones
  8. Plazo para que se entreguen una copia del contrato
  9. Plazo máximo de prueba
  10. Otros plazos en materia laboral

Si hay una materia en Derecho en la que el tiempo es esencial es el área laboral, dado que los plazos en materia laboral son escasos y fuertemente tasados; por lo que los trabajadores deben tenerlos siempre presente a la hora de reclamar sus derechos laborales:

Plazo para abonar la nómina

Habitualmente los 5 primeros días hábiles del mes, aunque al contrario de lo que puede pensarse, no existe un plazo definido para el abono de la nómina, ya que como dispone el anteriormente citado artículo 29 del Estatuto, el abono se realizará en “la fecha y lugar convenida o conforme a los usos y costumbres”, no pudiendo ser este plazo superior a un mes.

A partir de este plazo (o de aquel que sea el habitual del cobro) se puede demandar judicialmente por su impago.

Plazo para reclamar cantidades debidas al trabajador (incluida la nómina)

Cualquier trabajador puede exigir el pago de las cantidades adeudadas, ya sea la nómina o cualquier otra cantidad que legalmente le corresponda en el plazo de un año desde el día en que el trabajador hubiera podido reclamar esta cantidad por primera vez.

Plazo para impugnar un despido

Se podrá demandar en caso de despido dentro de los 20 días hábiles desde el cese de la prestación de servicios (en contratos temporales) o desde el día siguiente a la fecha de extinción del contrato (en los contratos indefinidos).

Plazo para abonar el finiquito

Un mes desde que exista la obligación legal de abonar el finiquito.

Plazo para sancionar a un trabajador

La empresa está obligada a comunicar al trabajador una sanción, y siempre a contar desde la comisión del hecho que da lugar a ésta, en los siguientes plazos:

  • Si la falta es leve, 10 naturales.
  • Si es grave, 20 días naturales.
  • Y si la falta es muy grave, 60 días naturales.

Plazo para impugnar una sanción

Las sanciones impuestas por el empresario se podrán impugnar dentro de los 20 días hábiles desde la fecha de notificación de la sanción.

Plazo para reclamar el disfrute de las vacaciones

Para poder solicitar el disfrute de las vacaciones, estas habrán de solicitarse:

  • 20 días desde la fecha establecida, si esta fecha está establecida en el Convenio Colectivo o en el acuerdo suscrito entre empresa y trabajador; o
  • 2 meses de antelación a la fecha en que se pretendan disfrutar.

Plazo para que se entreguen una copia del contrato

En los 10 días naturales desde la fecha de formalización del contrato.

Plazo máximo de prueba

El plazo máximo de prueba por el que el que el empresario puede desistir unilateralmente del contrato sin abono de indemnización dependerá del tipo de contrato; y en todo caso será siempre un plazo máximo que puede estar reducido por el convenio específico:

  • 1 año en caso de contratos indefinidos para el fomento de emprendedores
  • 6 meses como máximo para los técnicos titulados.
  • 3 meses para trabajadores no técnicos en empresas de menos de 25 trabajadores.
  • 2 meses para el resto de trabajadores.

Otros plazos en materia laboral

Plazo para impugnar decisión del empresario en casos de movilidad geográfica, traslados o modificación sustancial de condiciones de trabajo: 20 días hábiles desde el día siguiente a la notificación.

En Miguel Rincón Abogados somos un despacho de Jaén joven e independiente, teniendo como objetivo aportar valor a nuestros clientes mediante estrategias legales innovadoras y de éxito. Si deseas, puedes consultar tu caso gratuitamente y en línea sin ningún compromiso, o bien a través de nuestro formulario de contacto, o bien en nuestros teléfonos y mail de contacto.

   

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