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Declarada nula una tarjeta revolving en Jaén

El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Jaén ha estimado las alegaciones de Rincon Abogados y desestima una demanda contra un consumidor que había sufrido la contratación abusiva de una tarjeta revolving.

De acuerdo con la sentencia que acaba de publicarse y que aun puede recurrirse ante la Audiencia Provincial, el juzgado desestima la demanda por la que se solicitaba el pago de la cantidad de 7.408,10 €  euros, considerando que la contratación de un producto financiero complejo exige que el consumidor pueda conocer la totalidad de las cláusulas que han de regir el contrato han de ser claras y permitir su lectura, no siendo admisible la redacción del contrato con letra minúscula e ilegible. En palabras del propio tribunal:

En efecto, con independencia del uso de la tarjeta por parte de su titular, que no puede convalidar la nulidad, es lo cierto que el tamaño de la letra del contrato, resulta ser muy inferior al necesario para posibilitar una adecuada lectura y comprensión de todas sus cláusulas. En la actualidad, este tamaño ha sido objeto de regulación, pero aún así consideramos que esta circunstancia en la fecha indicada menoscabó los derechos del consumidor a una información clara y precisa de las condiciones generales de contratación que unilateralmente introducía la entidad bancaria. No es legible la letra­ condiciones del contrato ni aumentando su tamaño. En este caso en particular que enjuiciamos después de aumentar la letra seguimos sin poder leerlo correctamente.

También es relevante que en el mismo documento contractual aparecen incorporadas todas las opciones de pago previstas para este tipo de producto supeditadas a sistemas de amortización o fórmulas matemáticas complejas, a las que se añaden mediante otras cláusulas costes diversos del incumplimiento, lo que impide al consumidor representarse la carga económica real del coste del contrato suscrito. El contrato es nulo de pleno derecho.

La resolución de esta cuestión hace innecesario entrar a examinar el resto de pedimentos subsidiariamente expuestos en el suplico rector.

En MIGUEL RINCÓN ABOGADOS, como despacho adherido a la Asociación Española de Derecho de Consumo (AEDC),defendemos a aquellos consumidores que han sido afectados cláusulas abusivas en sus productos.

Por ello, Analizaremos personalmente su caso y le expondremos la viabilidad de las posibles alternativas, con el fin de resarcir sus derechos y recuperar las cantidades indebidamente cobradas.

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