Saltar al contenido

Modelo de oposición al recurso de apelación contra sentencia de gastos que alega prescripción


AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚM. XX DE XXXXXXX

Procedimiento Ordinario XXX/XXXX

[nombre procurador], Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de [nombre clientes], cuyas demás circunstancias personales obran en el presente procedimiento, ante el Juzgado respetuosamente comparezco y, como mejor proceda en Derecho

DIGO: Que habiendo sido notificados de la Diligencia de Ordenación de 30 de julio de los presentes, por la que se nos emplaza en plazo de 10 días; de conformidad con lo prevenido en los artículos 461 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y en evacuación del correspondiente trámite, mediante el presente escrito vengo a formular OPOSICIÓN AL RECURSO DE APELACIÓN formulado de contrario contra la sentencia dictada en las presentes actuaciones, en base a los siguientes:

MOTIVOS

Primero. Sobre la prescripción de la acción de restitución de cantidad.

Se alza el recurrente contra la sentencia referida en base a un único motivo, la prescripción de la acción de restitución de cantidad accesoria a la acción principal ejercitada, la declarativa de nulidad de la cláusula inserta en el préstamo hipotecario de mis patrocinados, en virtud de la cual se le imputa a éste todos los gastos de constitución de dicha operación financiera.

A efectos de economía procesal, al ser unos argumentos ya expuestos en nuestro escrito de demanda y reiterados en el acto de audiencia previa; reiteramos el amplio y consolidado criterio jurisprudencial seguido por una abrumadora mayoría de Audiencias Provinciales en nuestro país: el plazo de la declaración de nulidad de una cláusula es imprescriptible (por todas la STS núm. 747/2010, de 30 de diciembre [ECLI:ES:TS:2010:7666] o la SAP Jaén 582/2024, de 29 de abril [ECLI:ES:APJ:2024:741]) y el plazo para contar la prescripción de la acción de restitución de gastos comienza con la firmeza de la sentencia que declara la cláusula nula (STJUE de 23 de enero de 2024 [ECLI:EU:C:2024:81] y STS de 14 de junio de 2024 [ECLI:ES:TS:2024:3076]).

En consecuencia, entendemos que la interposición del presente recurso ha de calificarse, cuanto menos, como temerario; habida cuenta de la firme y establecida interpretación seguida por los tribunales del estado español en virtud de la cual el plazo de prescripción para la solicitud de restitución de las cantidades comienza los cuatro años desde la declaración de nulidad de la cláusula; declaración que en el caso que nos ocupa aún no se ha producido y, por consiguiente, no ha comenzado aún el plazo para su solicitud.

Segundo. De las costas de esta alzada.

Entendemos que, en caso de desestimación de los motivos de apelación planteados de contrario, las constas de esta instancia deben ser impuestas a la mercantil condenada en primera instancia en aplicación del artículo 398 LEC.

Por lo expuesto,

SUPLICO AL JUZGADO, que teniendo por presentado este escrito, junto con los documentos y sus copias, se sirva admitirlo, teniendo por hechas la manifestaciones que contiene y en su virtud, tenga por interpuesto en tiempo y forma OPOSICIÓN AL RECURSO DE APELACIÓN presentado de contrario contra la Sentencia dictada en las presentes actuaciones y, previo los trámites legales, se sirva elevar los mismos a la Audiencia Provincial de Jaén, y

SUPLICO A LA SALA, dicte Sentencia desestimando el recurso de oposición y en atención a lo expuesto en el presente escrito mismo, CONFIRME ÍNTEGRAMENTE LA SENTENCIA NÚM. [datos sentencia], dictada en las presentes actuaciones contra la entidad financiera[nombre contrario], con expresa condena en costas a la parte demandada.

Por ser justicia que pido en Jaén, a [fecha]

Abrir chat
¿Quieres hablar con nosotros?
Hola
¿Cómo podemos ayudarte?