Aunque suele ser habitual llevar toda nuestra documentación en el vehículo que usamos regularmente, no hay que olvidar que existen tres documentos que son obligatorios cuando conducimos, para todos tipo de trayectos y con independencia de si es o no nuestro vehículo habitual o si se trata de un vehículo de alquiler. Con independencia de la sanción monetaria que puede generar el hecho de no llevarlos, éstos constituyen la garantía de que cumplimos la ley y las normas necesarias para circular con seguridad y serán lo primero que nos pedirá un agente si nos para o nos vemos involucrado en un incidente.
Además es importante recordar que sólo valdrán los documentos originales o las copias compulsadas de éstos, careciendo de toda validez legal las fotocopias del carnet de conducir o similares.
1. Carnet de conducir
El permiso de conducción, o autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico, que deberá portarse siempre que se conduce. Este documento además sólo será válido si está en vigor, siendo recomendable revisar con periodicidad la fecha en la que caduca.
2. Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo
ITV, tanto la pegatina correspondiente en el parabrisas como el último informe realizado. Recuerda que los coches de más de 4 años y hasta los 10 han de pasarla cada dos años y que los vehículos de más de 10 años de antigüedad han de pasarla cada año.
Para ampliar: En este sentido es relevante la interpretación del Tribunal Supremo en su Sentencia Núm. 343/2020 de 25 de junio, la cual ha establecido que poner el distintivo oficial de haber superado la ITV sin haberla pasado realmente es constitutivo de un delito de uso de certificación falsa recogido en el artículo 399.2 del Código Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 400 bis del mismo texto legal. En este sentido se ha considerado que la pegatina de la ITV ha de considerarse como un documento oficial o como una certificación oficial; por lo que en ambos supuestos se coincide que su uso indebido o su falsificación constituye una actividad ilícita.
3. Permiso de circulación
El permiso de circulación que identifica al titular del vehículo y que corrobora que se han pagado los impuestos de circulación correspondientes. En caso de pérdida de los papeles del coche, acuda a una comisaría para poner una denuncia para evitar un uso fraudulento. Y pida cita previa en su Jefatura Provincial de Tráfico y en la ITV para solicitar los duplicados de los documentos.
4. Seguro obligatorio de circulación (recomendable)
La ley también exige al propietario de un vehículo un seguro obligatorio de responsabilidad civil para cubrir posibles daños a terceros, con independencia que dicho vehículo se use o no. Aunque desde 2008 no es necesario llevar en el coche la póliza del seguro y el recibo del último pago en vigor, ya que los agentes pueden comprobar en el lugar si el vehículo está asegurado. De todas formas, no está de más llevarlos en la guantera.
5. Otra documentación recomendable para circular con tu vehículo:
- Recibo conforme se ha efectuado el pago del impuesto municipal de circulación.
- Un parte de accidentes Europeo y un par de bolígrafos.
- En caso de tratarse de un vehículo de alquiler, antes empezar a circular se recomienda comprobar que el vehículo incluye la documentación obligatoria.
Sanciones por ausencia de documentación obligatoria
Las multas que pueden imponerte van 10 a más de 3.005 euros, la diferencia entre las multas por no llevar determinados papeles en el coche es importante.
- No llevar el permiso de conducir son 10 euros. Llevarlo caducado 200 y con datos incorrectos 80.
- Conducir sin carné o sin una autorización que lo habilite son 500 euros de multa y la pérdida de 4 puntos.
- No llevar la tarjeta de la ITV son 10 euros de multa. Llevarla caducada 200 (Recuerda que de nada sirve decir que te la has dejado pues las autoridades competentes acceden telemáticamente a todos los datos de los vehículos censados)
- No llevar la tarjeta de circulación está también penalizado con 10 euros al considerarse una infracción leve. Conducir un vehículo sin permiso de circulación asciende en cambio hasta los 500 euros de multa.
- No tener al día el seguro del coche. Como decíamos, ya no es obligatorio llevar encima los papeles del seguro del coche ya que los agentes pueden verificar con un sistema informático todos tus datos. Si no lo tienes al día, la multa puede llegar a los 3.005 euros.
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