Una vez tenemos una sentencia firme en la que se fija una cantidad económica determinada por el sistema de días-multa o por el sistema proporcional, deberá acordarse en un auto posterior el tiempo y la forma de su cumplimiento.
En caso de no abonarse, se cobrará por el procedimiento de apremio, existiendo la posibilidad de aplazar por un tiempo limitado el pago de la misma en casos de insolvencia.
En caso de impago, dicha multa se transformará en una privación de libertad (generalmente de localización permanente) o en trabajos en beneficio de la comunidad.
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