Los derechos y obligaciones de los padres con respecto a los hijos son los mismos, dando igual si se ha producido dentro o fuera del matrimonio, por lo que en el caso de parejas no casadas se puede solicitar una pensión de alimentos como si de un matrimonio se tratase.
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Si se hace de mutuo acuerdo, a través de un convenio regulador, se pueden todas las cuestiones relativas a las medidas paterno-filiales (guarda y custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos, uso de la vivienda familiar, etc.), necesitándose siempre la aprobación judicial, por lo que no es recomendable hacer un pacto privado, ya que no se podrá solicitar la ejecución de las medidas acordadas. Si no hubiera acuerdo, se puede solicitar mediante una demanda judicial ante el Juzgado de Familia.
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