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Si mi perro provoca un accidente, ¿quién es el responsable del mismo?

La persona poseedora de un animal, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria de la persona propietaria, es responsable de los daños, perjuicios y molestias que ocasione a las personas, a otros animales, a las cosas, a las vías y espacios públicos y al medio natural en general, de acuerdo con lo que establece el Artículo 1905 del Código Civil.

El poseedor del animal no tiene que ser necesariamente su propietario. Será responsabilidad de la persona bajo cuya custodia se encuentre el animal en el momento en el cual se produce el hecho dañoso. Se trata de una responsabilidad objetiva, deriva así de la mera tenencia o custodia del animal.

Por todo ello, es recomendable contratar un seguro de responsabilidad civil, ya sea haciendo una extensión, en el seguro del hogar, a la responsabilidad que genere el animal; o, contratando alguno de los seguros específicos que han creado para tal fin las casas aseguradoras.

Si deseas, puedes consultar tu caso sin ningún compromiso a través de nuestro formulario de contacto.

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