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¿Qué mayoría es necesaria para la investidura a la Presidencia del Gobierno?

Por mandato constitucional (Art. 99 CE), cada vez que se produce una renovación del Congreso de los Diputados debe procederse al procedimiento “ordinario” de nombramiento de Presidente del Gobierno. A este instrumento “ordinario” (que se usaría también en caso de dimisión, fallecimiento o pérdida de una cuestión de confianza) se le denomina en España “investidura”.

El procedimiento de investidura comienza con las conversaciones o consultas entre el Rey y la persona que designe cada uno de los grupos políticos que cuente con algún representante en el Congreso de los Diputados. A resultas de estos diálogos, el Rey puede conocer a qué persona estaría dispuesto a respaldar cada grupo y también, en una circunstancia como la actual, a quien no le otorgarían su apoyo.

Nuestro sistema constitucional ha optado, como recordó el Tribunal Constitucional en su STC 16/1984, de 6 de febrero, por un principio de racionalización de la forma de gobierno, que, entre otros objetivos, trata de impedir las crisis gubernamentales prolongadas. A este fin prevé el artículo 99 de la CE la disolución automática de las Cámaras cuando se evidencia la imposibilidad de designar un Presidente del Gobierno dentro del plazo de dos meses”.

Es esa necesidad de evitar gobiernos interinos o provisionales la que justifica que las propuestas del Rey vayan encaminadas desde el principio a la consecución del nombramiento de Presidente, por lo que carece de sentido institucional y democrático escenificar intentos de investidura que se saben destinados al fracaso, por mucho que ese escenario sirviera para mostrar de manera muy evidente la carencia de respaldo parlamentario a un concreto candidato, liberando así, en cierta medida, al Jefe del Estado de la presión que podría sentir de proponer un candidato que no es el líder del partido que ha ganado las elecciones.

Dado que el Rey sabe sumar y restar, son estas sencillas operaciones matemáticas las que deben guiar su propuesta de candidato a Presidente del Gobierno.

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