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¿Qué hacer existen condiciones laborales que son un riesgo para mi embarazo?

En primer lugar es importante saber que ni todo trabajo ni toda situación suponen una “situación de riesgo” para el embarazo, debiendo ser el médico quien certifique que dicho trabajo o condiciones suponen un riesgo para  el normal desarrollo del embarazo o la lactancia,

Una vez determinadas estas circunstancias, el artículo 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales determina que, en caso de riesgo durante el embarazo, la empresa debe adaptar las condiciones o el tiempo de trabajo para que desaparezca el riesgo.

Si esto no es posible, o si, aun siéndolo, no desapareciera dicho riesgo, la empresa deberá asignarte a un puesto diferente compatible con el estado, dentro del grupo profesional o categoría equivalente mientras persista el riesgo.

Si este cambio tampoco fuera posible, pueden destinar a un puesto no correspondiente a tu grupo o categoría, pero en ningún caso este cambio podrá perjudicar a la categoría o condiciones laborales, debiendo mantener el mismo horario de trabajo y salario.

Si el citado cambio tampoco resulta técnica ni objetivamente posible, o no puede razonablemente exigirse por motivos justificados, entonces podrán pasar a la trabajadora a la situación de baja por riesgo durante el embarazo mientras exista el mismo, siempre mediante un parte de baja que facilitará el médico.

Si deseas, puedes consultar tu caso sin ningún compromiso a través de nuestro formulario de contacto.

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