No. La ley 40/1998, de 9 de Diciembre, que regula el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en su artículo 7, apartado j), recoge como rentas exentas de tributación las becas públicas obtenidas para cursar estudios en todos los niveles y grados del sistema educativo, hasta el de licenciatura o equivalente inclusive.
De este modo, no tienes que incluir la cantidad obtenida en concepto de beca o ayuda al estudio puesto que es una renta exenta de tributación.
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