Suele ser una duda recurrente el hecho de tener que pagar la pensión de alimentos durante el tiempo en que el hijo está con el progenitor obligada a satisfacerla.
Salvo que en la sentencia se indique lo contrario, la pensión de alimentos debe pagarse los 12 meses del año, incluido el mes de vacaciones. Esta es la postura mayoritaria de nuestros tribunales. Habitualmente la cuantía de la pensión se calcula de forma anual y se prorratea por meses, por lo que todos los meses debe abonarse.
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