En MIGUEL RINCÓN ABOGADOS, como despacho adherido a la Asociación Española de Derecho de Consumo (AEDC), somos conscientes de los perjuicios que en no pocas ocasionan un deficiente producto o servicio ofrecido por las empresas; con especial énfasis aquellos perjudicados por productos inadecuados o cláusulas abusivas en sus productos.
Por ello, Analizaremos personalmente su caso y le expondremos la viabilidad de las posibles alternativas, con el fin de resarcir sus derechos y recuperar las cantidades indebidamente cobradas en materias tales como:
Seguros
Las aseguradoras rechazan de forma general y sistemática muchas reclamaciones de seguros formuladas por sus asegurados alegando que en base a los artículos 89 y 10 de la Ley de Contrato de Seguro la enfermedad o lesión que motivan la incapacidad o el fallecimiento del asegurado eran preexistentes a la contratación del seguro.
Es importante tener en cuenta que el mismo deber de buena fe que se le exige al tomador del seguro (o al asegurado) de contestar verazmente al cuestionario de salud tiene el correlativo deber del asegurador de asumir el riesgo del siniestro cuando no haya pedido mayor detalle sobre las circunstancias relevantes.Retrasos de vuelos o pérdidas de equipaje
Aerolíneas
La mayoría de usuarios de aerolíneas desconocen que en determinados casos pueden solicitar una indemnización por los perjuicios causados en casos de:
- Retraso, contemplándose indemnizaciones de entre 250 € y 600 euros para los pasajeros que se ven afectados por un retraso en su vuelo.
- Pérdidas, daños o retrasos en el equipaje.
- Overbooking o exceso de venta de un servicio sobre la capacidad real de la empresa. Cuando hay overbooking, se nos puede denegar el embarque, contrariamente a nuestro deseo de acceder a la cabina para realizar el vuelo. Cuando esto sucede, debe saber que le corresponde una compensación automática.
- Cancelaciones, correspondiendo una indemnización automática a sus pasajeros. También tendrán derecho a que le devuelvan el importe del billete o les ofrezcan (sin coste) un transporte alternativo.
Reclamaciones ante compañías telefónicas
Los conflictos con las compañías telefónicas son muy habituales, de modo que en la actualidad suponen un elevado porcentaje de las reclamaciones de clientes, ya sea para conseguir la baja del servicio, la devolución del importe cobrado o los errores en las facturas.
Inclusión en registros de morosos
¿Has sido incluido alguna vez en un fichero de morosos por error? Si es así tienes derecho a ser indemnizado. Esta práctica, que según el caso puede suponer un derecho a indemnización de varios miles de euros, en los últimos tiempos se ha venido dando fundamentalmente entre las compañías telefónicas y energéticas para la reclamación de pequeñas deudas, afortunadamente está siendo rechazada por nuestros tribunales, ya que en la mayoría de los casos supone una vulneración al derecho al honor recogido en el Artículo 18 de la Constitución Española.
Aparecer en una lista de morosos es más habitual de lo que parece. El simple hecho de devolver un recibo telefónico, bancario o de servicios puede ser motivo para que incluyan tus datos en un fichero de morosos nacional. No importa si el acreedor cometió un error, si te robaron la tarjeta o si dejaste de pagar un recibo porque no estabas conforme y quería reclamar. En todos estos casos, se puede aparecer en una lista de morosos , sin tener conocimiento de ello hasta encontrarse con alguna de sus consecuencias.