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¿Qué significa que me inhabiliten mediante sentencia?

La inhabilitación, recogida en los artículos 39 y siguientes del Código Penal, puede ser absoluta o especial.

La absoluta supone “la privación definitiva de todos los honores, empleos y cargos públicos que tenga el penado, aunque sean electivos. Produce, además, la incapacidad para obtener los mismos o cualesquiera otros honores, cargos o empleos públicos, y la de ser elegido para cargo público, durante el tiempo de la condena.”

La especial, por su parte, consiste en la imposibilidad específica para empleo o cargo público, profesión, oficio, industria o comercio, u otras actividades determinadas en este Código, o de los derechos de patria potestad, tutela, guarda o curatela, tenencia de animales, derecho de sufragio pasivo o de cualquier otro derecho.

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