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¿Qué puedo hacer si no me devuelven la fianza?

Si acabas de terminar tu contrato de alquiler, pero no han procedido a devolverte la fianza del alquiler es recomendable realizar una serie de actuaciones antes de interponer un procedimiento judicial. Según el artículo 36 Ley Arrendamientos Urbanos, “el saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución. Por ello:

CONSEJOS: Para evitar problemas, una vez que entreguemos las llaves de la vivienda o local, y que el arrendador pueda posteriormente alegar que hicimos daños o desperfectos, es conveniente que previamente hayamos adoptado una serie de pequeñas precauciones tanto al inicio como al finalizar el contrato:

Si lo deseas, puedes consultar tu caso sin ningún compromiso a través de nuestro Formulario de contacto.

 

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