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¿Los antecedentes penales se “borran” solos?

derechos cuando te detienen

Por desgracia en nuestro sistema penal, es el interesado el que tiene que instar a la cancelación de los antecedentes. Para ello los artículos 136 y 137 del Código Penal establecen los siguientes requisitos:

Se pude solicitar mediante modelo, el cual se puede obtener de la página Web del Ministerio de Justicia, sin embargo será suficiente para iniciar el expediente un sencillo escrito del titular que contenga todos los datos citados, así como la petición claramente manifestada.

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