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Prestación por reducción de jornada laboral por cuidado de familiar

PREGUNTA: Os escribo porque hace cosa de un mes pedí por primera vez a mi mutua de trabajo la prestación para reducir la jornada laboral para cuidar de mi hijo con 8 años y diabetes tipo1 desde el año y medio. Me han denegado esa prestación alegando que el niño no está ingresado en el hospital, pero yo sé de casos en los que esta condición no ha sido necesaria, así que quería tener algún tipo de asesoramiento jurídico para hacer la reclamación correctamente.

RESPUESTA: Como bien sabes, la norma exige que se den dos requisitos para poder tener derecho a la reducción retribuida:

  • Que se trate de una enfermedad grave incluida en este listado de enfermedades graves, en el caso que nos ocupa, que se trate de un diagnóstico de Diabetes Mellitus tipo I.
  • Y en segundo lugar, es una prestación que inicialmente está pensada para enfermos crónicos o de larga duración que requieran una hospitalización. Esta es la clave que están utilizando la mayoría de mutuas para negarse a pagar la prestación, como bien nos afirma en la pregunta.

El procedimiento a seguir sería el siguiente:

1.- Hacer la solicitud en la Mútua, que según parece ya ha hecho, y han denegado. Para presentarla no hay plazo, ya que sólo es necesario reunir los requisitos para percibir la prestación. Lo único que, en el caso que desee continuar con los siguientes pasos, habrá que ver si está aún dentro de plazo (30 días), sino tendría que volver a solicitarlo.

2.- Si la Mútua lo deniega, se presentará una reclamación previa ante la Dirección de la Mutua alegando los motivos por los que entendemos que no procede la denegación. Para recurrir la resolución de la Mútua que deniega la prestación hay un plazo de 30 días a contar desde la recepción de la denegación.

3.- Si la Mútua siguiera denegándolo, el siguiente paso sería impugnarlo ante el Juzgado de lo Social del domicilio del solicitante en el plazo de 30 días desde la recepción de la notificación., y para lo que es necesaria la firma de abogado laboralista o graduado social.

Por último decirle que, aunque a priori puedan rechazarle la solicitud, hay que hacer una valoración de la situación concreta que la menor necesita y, en algunos casos, es posible recurrir satisfactoriamente en el caso que lo denieguen. (Por ejemplo te dejo el enlace de una resolución del Defensor del Pueblo en el que reconoce el derecho a percibir la prestación a un policía con un niño diagnosticado), así como hay diversas sentencias que también reconocen este derecho.

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