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¿Quién puede llevar armas en España?

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  1. ¿Cuáles son los requisitos para tener un arma en España?
  2. ¿Qué tipos de licencias de armas existen en España?
  3. ¿Qué armas son legales en España?
  4. ¿Qué pasa si tengo un arma sin licencia?

Sin duda influenciado por el cine y la cultura estadounidense, suele ser habitual que nos consulten en el despacho por la posibilidad de los ciudadanos de España a ejercer un pretendido «derecho a portar armas«, al estilo del derecho reconocido en la Segunda Enmienda de Estados Unidos.

No obstante no se puede olvidar que en España existen casi tres millones de armas (1 por cada 16 habitantes), por lo que os dejamos algunas preguntas que sin dudas debes tener en cuenta si deseas portar armas en nuestro país:

¿Cuáles son los requisitos para tener un arma en España?

Analicemos cuáles son los requisitos para tener un arma en España:

¿Qué tipos de licencias de armas existen en España?

El artículo 96 del Reglamento de Armas, Real Decreto 137/1993 exige que para portar armas en territorio español es necesario poseer el correspondiente permis, que dependerá del tipo y la finalidad del arma:

¿Qué armas son legales en España?

Existen numerosas normas que regulan dichos requisitos, pero cabe destacar que el artículo 4 del ya citado Reglamento de Armas, Real Decreto 137/1993 en el que además se establecen que armas están expresamente prohibidas, siendo una legislación bastante restrictiva en comparación con otros países. Así están prohibidas, entre otras:

¿Qué pasa si tengo un arma sin licencia?

En nuestro país la tenencia ilícita de armas, se encuentra regulado en los artículos 563 y 564 del Código Penal. En el primero de ellos lo que se castiga, con penas de prisión de 1 a 3 años, es la tenencia de las anteriormente descritas armas prohibidas, así como aquellas que sean el resultado de la modificación sustancial de las características de fabricación de armas reglamentadas.

En segundo lugar, el artículo 564 del Código Penal lo que viene a castigar es la tenencia de armas que, aún siendo legales, su portador no tenga la licencia adecuada, para lo cual se establece una pena de prisión de uno a dos años, si se trata de armas cortas, y de seis meses a un año, si se trata de armas largas.

Asimismo se establece un incremento de un año en la pena de prisión si se da la circunstancia que el arma no tenga el número de serie o lo tenga alterado; que se constate que se ha introducido ilegalmente en territorio español o que se haya modificado de tal manera que carezca de sus características originales.

En Miguel Rincón Abogados somos un despacho de Jaén joven e independiente, teniendo como objetivo aportar valor a nuestros clientes mediante estrategias legales innovadoras y de éxito. Si deseas, puedes consultar tu caso gratuitamente y en línea sin ningún compromiso, o bien a través de nuestro formulario de contacto, o bien en nuestros teléfonos y mail de contacto.

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