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¿Se pueden borrar los antecedentes penales?

Lo que comúnmente se llama “borrar” hace referencia la cancelación de antecedentes penales previstos en el artículo 136 del Código Penal. Es importante apuntar que los antecedentes no se “borrar” sino que se cancelan a efectos de no tenerse en cuenta en caso de delitos futuros.

Para poder solicitar la cancelación de un antecedente penal es necesario cumplir dos requisitos:

Este cómputo habrá de hacerse desde el día en que la pena haya sido cumplida en su totalidad.

Si deseas, puedes consultar tu caso sin ningún compromiso a través de nuestro formulario de contacto.

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