Icono del sitio Miguel Rincon Abogado Jaén

Ahora que llegan las vacaciones, ¿sabes tus derechos?

Las vacaciones se generan con cada año natural, es decir desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre. Cuando un trabajador realice un periodo de servicios inferior al año natural, tendrá derecho a un número de días de vacaciones proporcionales al tiempo que estuvo vigente la relación laboral.

No sólo se generan anualmente, sino que también han de disfrutarse dentro del mismo año natural que se generan, y salvo pacto entre empresa y trabajador, todas las vacaciones no disfrutadas en el año natural el trabajador las pierde. Esta regla general tiene excepciones y por desgracia son bastantes comunes las incidencias en la contratación laboral durante períodos vacacionales, por lo que tanto trabajador como empresa deben ser conscientes de sus obligaciones y derechos:

Si deseas, puedes consultar tu caso sin ningún compromiso a través de nuestro formulario de contacto.

Salir de la versión móvil