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Un consumidor de Jaén ha recuperado más de 12.000 euros por la cláusula suelo a pesar de tener un acuerdo extrajudicial con la entidad financiera

El pasado martes ha sido notificada la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia 2 Bis de Jaén por la cual el consumidor defendido por MIGUEL RINCÓN ABOGADOS ha recuperado todas las cantidades que le habían cobrado de más en aplicación de la cláusula suelo, a pesar de haber suscrito en el año 2015 un acuerdo extrajudicial impuesto por la entidad. Además en la citada sentencia se declara la nulidad de la cláusula de gastos contenida en la hipoteca, con la devolución al consumidor de los gastos de constitución que tuvo que abonar pero que legalmente le correspondían a UNICAJA.

El Juzgado especializado en asuntos hipotecarios de Jaén ha dictado sentencia por que se declara nula la cláusula suelo del préstamo hipotecario concedido por UNICAJA Banco a un consumidor de la capital, que confió como demandante su caso a MIGUEL RINCÓN ABOGADOS.

En la sentencia, se aplica el carácter retroactivo de la devolución de cláusula suelo cobrada por el banco a los clientes de la hipoteca. Una resolución que se realiza bajo el estricto respeto a la jurisprudencia que se aplica desde la doctrina marcada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia del pasado 21 de diciembre de 2016; lo que va a permitir al cliente recuperar más de 12.000 euros en tal concepto.

Este caso presenta la particularidad que la entidad financiera había ofrecido una modificación en el año 2014 del tipo de interés, acuerdo que la sentencia declara nulo justificando que “si la cláusula suelo insertada en el contrato de préstamo hipotecario ha sido declarada nula por abusiva, la misma consideración debe tener el acuerdo que modifica la misma, por ser ya nula en origen y estar conectada con la misma.”

Junto con la nulidad de la cláusula suelo, la jueza declara también la nulidad de la cláusula de gastos impuesta en la escritura de préstamo hipotecario, por la que el cliente tuvo que abonar en la constitución de la hipoteca una serie de gastos que legalmente le correspondían a UNICAJA.

Tal y como afirma Miguel Rincón, responsable legal de la demanda, “La devolución del dinero no es automática. Los afectados deberán reclamar por vía judicial para que el tribunal decida si hubo abuso en su caso y una vez considerada abusiva esta cláusula hipotecaria el banco proceda a devolver el dinero.”

En MIGUEL RINCÓN ABOGADOS entendemos que el cliente debe ser el centro de nuestra gestión, no un número o un expediente más, sino como una persona que viene en busca de soluciones. Para nosotros la confianza y la cercanía es el elemento clave en el trato a nuestros clientes, ofreciéndoles una primera consulta gratuita en la que aclararemos las dudas que se planteen.es un despacho de abogados joven e independiente, teniendo como objetivo aportar valor a nuestros clientes mediante estrategias legales innovadoras y de éxito.

MIGUEL RINCÓN CALAHORRO, abogado miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén. Licenciado en Derecho y Administración de Empresas por la Universidad de Jaén y especialista en Derecho de Consumo y Bancario.