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Cosas por las que te pueden multar y no lo sabías

Por desgracia ese principio universal de las normas jurídicas por el cual éstas deben ser entendibles para todo el mundo usualmente no se cumple. La legislación en materia de seguridad vial es un buen ejemplo, por lo que os dejamos una lista de infracciones que puedes cometer al volante sin darte cuenta:

  • Conducir con chanclas o descalzo:  Aunque es una acción de lo más habitual, sobretodo en islas y lugares de playa, la ley prohíbe conducir  cualquier tipo de calzado que no esté sujeto al pie puesto que se pueden deslizar fácilmente impidiendo así el correcto uso de los pedales. Las multas para estos 2 casos son de 200 euros y retirada de tres puntos del carnet.
  • Conducir sin camiseta: Igual que pasa con el tema del calzado también se considera una infracción el conducir con el torso descubierto ya que en caso de accidente podemos sufrir quemaduras o rozaduras causadas por el cinturón. La multa en este caso también es de 200€ y tres puntos de carnet.
  • Repostar incorrectamente: El artículo 115 recoge que echar combustible en un vehículo arrancado, con las luces encendidas o la radio puesta, supone una sanción de 200 euros y retirada de tres puntos del carné.
  • Documentación incompleta: Si te paran y vas sin la ITV actualizada serás sancionado con 200 euros y te retirarán de forma provisional el permiso de circulación. Conducir con el carné caducado supone una multa del mismo importe y, hacerlo sin avisar a la DGT de un cambio de domicilio puede ser motivo de sanción con 80 euros.
  • Manos y codos “al aire”: Conducir con el brazo fuera del coche puede ser motivo para recibir una sanción de hasta 80 euros.
  • Maquillarse o comer: Equivale a distracción, como afeitarse o ir leyendo en marcha; supone una multa de 200 euros y retirada de dos puntos del carné.
  • Tocar el claxon sin causa: Sólo se puede tocar el claxon por causas justificadas, como evitar un accidente o un atropello. De lo contrario, te arriesgas a multas de 80 euros.
  • Música demasiado alta: Llevar e l volumen muy alto al pasar por un núcleo urbano o una zona de descanso como un hospital, conlleva multa de 50 a 300 euros.
  • Cartel “Se vende”: Existen ayuntamientos que prohíben carteles así en las ventanillas y se multa con hasta 200 euros. Y, si además, está en marcha, se entiende que los carteles dificultan la visibilidad.
  • Lavar el coche en la calle: Casi todos los ayuntamientos lo prohíben —como reparar el coche en la vía o cambiarle el aceite, entre otros— por la suciedad que provoca. Las sanciones van de 30 a 3.000 euros.

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