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¿Puedo dar de baja un contrato de telefonía antes de finalizar la permanencia?

Terminar de forma unilateral un contrato de telefonía es un derecho que tienen todos los abonados. Para ello, debes comunicarlo previamente al operador, obteniendo el consiguiente número de referencia de dicha petición, con una antelación mínima de dos días hábiles a la fecha efectiva de la baja.

Puede existir una cláusula de permanencia, la cual debe figurar expresamente en el contrato así como el modo de extinción del mismo y las consecuencias derivadas del incumplimiento de este periodo mínimo.

En todo caso, la existencia de la cláusula de permanencia no impide que ejerzas el derecho a darte de baja antes de que finalice, con independencia de que la baja pueda conllevar otro tipo de efectos, como podría ser la pérdida de ventajas u ofertas vinculadas a la permanencia. Es decir, si te das de baja no se te puede penalizar por ello, pero sí se puede exigir el pago de las ventajas que hayas tenido precisamente por haberse comprometido a un período mínimo.

Si deseas, puedes consultar tu caso sin ningún compromiso con RINCÓN ABOGADOS a través de nuestro formulario de contacto.